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Corte de Constitucionalidad Otorga Amparo Provisional para Proteger a Niños Durante Desfile LGBT

El abogado Roberto Cano interpuso un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC) solicitando la protección de niños y niñas de posibles exposiciones a vejámenes sexuales en el desfile de la comunidad LGBT programado para el 29 de junio. En respuesta, la CC resolvió otorgar el amparo provisional, detallando las medidas en un comunicado oficial.

El 27 de junio, el abogado Roberto Antonio Cano López presentó una solicitud de amparo en única instancia ante la CC, dirigida contra el presidente de la República de Guatemala y el ministro de Gobernación. La solicitud buscaba proteger a los niños y niñas de cualquier exposición inapropiada durante el desfile de la comunidad LGBT.

Resolución de la Corte de Constitucionalidad: El pleno de magistrados de la CC conoció el expediente 4085-2024 y resolvió otorgar el amparo provisional solicitado. El comunicado oficial de la CC detalla las medidas a seguir para garantizar la protección de los derechos de todos los ciudadanos, en particular de los niños y niñas, durante el desfile:

Acciones de Vigilancia:

  • Se instruye al presidente de la República y al ministro de Gobernación a tomar acciones de vigilancia adecuadas para garantizar tanto los derechos de los promotores y participantes del desfile como los derechos de los ciudadanos que deseen expresar sus opiniones.
  • Se debe procurar mantener la paz social y proteger los valores espirituales y morales de la sociedad, especialmente de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con las previsiones constitucionales y las leyes nacionales e internacionales.

Protección de los Niños:

  • Se debe evitar exponer a los niños y niñas a informaciones, expresiones y material incompatible con su estado de niñez.
  • Se insta a proteger la integridad física, espiritual y moral de los niños, garantizando su derecho a la unidad y estabilidad familiar.
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Exhortaciones a los Promotores del Desfile y Ciudadanos:

  • Los promotores del desfile y los ciudadanos deben ejercer sus derechos de manera pacífica y respetuosa, evitando actividades contrarias al orden constitucional y legal.
  • Se deben respetar las buenas costumbres y el principio de interés superior del niño, evitando exponerlos a situaciones que puedan afectar sus derechos.

Supervisión del Procurador de los Derechos Humanos:

  • Se encomienda al Procurador de los Derechos Humanos supervisar el cumplimiento de las medidas para asegurar el efectivo goce de los derechos fundamentales de todos los habitantes de la República.

Cumplimiento del Organismo Ejecutivo:

  • Se insta al Organismo Ejecutivo a proceder conforme a los efectos reiterados por la CC en decisiones anteriores, garantizando el cumplimiento de los derechos en el marco del ejercicio de derechos ciudadanos.

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