La Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió una resolución respecto al expediente de antejuicio promovido contra los viceministros de Defensa, Luis Alberto Juárez Betancourth y Erwin Rolando Gómez Barrera. La CSJ determinó que, conforme a un fallo previo de la Corte de Constitucionalidad, los funcionarios señalados no gozan del derecho de antejuicio, por lo que el caso será trasladado al sistema penal ordinario.
En la resolución, fechada el 22 de enero de 2025, la CSJ señala que se recibió el expediente con las diligencias de antejuicio contra los dos viceministros: Juárez Betancourth, encargado de la Política de Defensa y Planificación del Ministerio de la Defensa Nacional, y Gómez Barrera, también en calidad de viceministro.
Sin embargo, la Corte invoca una sentencia anterior de la Corte de Constitucionalidad (expediente 670-2003), en la que se suprimieron varios incisos del artículo 14 de la Ley en Materia de Antejuicio. Como resultado, se establece que los denunciados no tienen derecho a este privilegio legal. Por lo tanto, el expediente será remitido al Centro de Servicios Auxiliares de la Administración de Justicia Penal, donde se continuará el proceso conforme a la jurisdicción penal ordinaria.
La decisión se basa en los principios establecidos en la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley del Organismo Judicial y la Ley en Materia de Antejuicio. Entre los fundamentos legales citados, se destacan los artículos que regulan el principio de igualdad ante la ley y el debido proceso.
