Hay fiesta y luchas de poder en las comisiones de postulación para elegir a los posibles Magistrados de las diferentes Cortes de Apelaciones e igualmente para elegir a los candidatos de la Corte Suprema de Justicia. Aunque hay algo que se debe mencionar y dejarlo muy claramente establecido, como lo es la palabra “responsabilidad”.
Hoy seres humanos imperfectos están eligiendo a seres imperfectos para ocupar las magistraturas de las diferentes Cortes. Personas con diferentes ambiciones e intereses, que saldrán electas, y en una segunda fase en el Congreso se elegirán finalmente, debiendo entonces tomar posesión el 13 de octubre de 2024. Finaliza así una historia más de las diferentes Comisiones de Postulación.
La palabra RESPONSABILIDAD se acentúa aun mas a partir del 13 de octubre de 2024 en adelante. ¿A qué me refiero con lo expresado en la línea anterior?, simplemente a 2 supuestos: El PRIMERO de ellos es de que los magistrados electos por las Comisiones de Postulación y por el Congreso de la República, tendrán que despojarse de la vestidura de apadrinamiento de ambos entes que los han llevado a dichas magistraturas. El SEGUNDO y quizá el mas importante, como lo es el hecho de desempeñar el cargo conforme a la Constitución y demás leyes ordinarias, siendo estas las únicas que deberán obedecer y respetar.
El concepto constitucional de “responsabilidad”, que los magistrados deberán tener presente y no olvidar, es el articulo 155 de la CPRG que establece la RESPONSABILIDAD POR INFRACCION DE LA LEY. Dicho mandato establece que cuando un FUNCIONARIO infrinja la ley en contra de un particular, por ejemplo, tanto el Estado como la Entidad a la cual sirvan, serán solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados por un plazo de 20 años. ¡Aparte de lo anterior la “responsabilidad criminal” por el doble del tiempo señalado por la prescripción de la ley!, es decir que los Honorables Magistrados electos estarán comprometidos por la ley por muchos años.
Concluyo las premisas anteriores, con la recomendación a los magistrados electos para el nuevo periodo, ¡de que su único compromiso es con la ley!, y de que con sus padrinos que los han llevado al Poder Judicial, den un paso al costado llevando en sus manos el artículo 155 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
POSDATA: Sus padrinos son temporales, ellos se van, y ustedes magistrados se quedan con la espada de Damocles por 20 o mas años. PIÉNSELO